¿Cómo consultar la Renta Ciudadana?




¿Qué es la Renta Ciudadana?

La Renta Ciudadana es un programa de ayuda social que ofrece el Gobierno de España a personas que se encuentren en situación de pobreza o exclusión social. Este programa consiste en una prestación económica mensual que se cobra durante un máximo de 24 meses.

¿Quién puede solicitar la Renta Ciudadana?

Pueden solicitar la Renta Ciudadana las personas que cumplan los siguientes requisitos:
* Ser mayor de 25 años (o menor de 25 años si se es madre o padre)
* Residir legalmente en España
* Estar empadronado en un municipio de España
* No tener ingresos superiores al 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
* No disponer de patrimonio superior al 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

¿Cómo se solicita la Renta Ciudadana?

La Renta Ciudadana se solicita telemáticamente a través de la página web del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para ello, se necesita disponer de un certificado digital o Cl@ve.
Una vez solicitada la Renta Ciudadana, el INSS comprobará si se cumplen los requisitos para su concesión. Si se cumplen, se concederá la prestación económica y se cobrará a través de una cuenta bancaria.

¿Cómo consultar el estado de mi solicitud?

El estado de la solicitud de la Renta Ciudadana se puede consultar a través de la página web del INSS. Para ello, se necesita disponer del número de la Seguridad Social y de un certificado digital o Cl@ve.
Una vez accedido a la página web del INSS, se debe seleccionar la opción "Consulta de Solicitudes" y seguir las instrucciones que aparecen en pantalla.

¿Qué hacer si me deniegan la solicitud?

Si la solicitud de la Renta Ciudadana es denegada, se puede presentar una reclamación ante el INSS. La reclamación se debe presentar en el plazo de 30 días siguientes a la notificación de la denegación.
En la reclamación se deben exponer los motivos por los que se considera que la denegación es incorrecta. El INSS revisará la reclamación y emitirá una resolución en el plazo de 45 días.
Si la resolución del INSS es desfavorable, se puede presentar un recurso ante el Juzgado de lo Social.